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Descriptor en español: Concentración Máxima Admisible
Descriptor concentración máxima admisible
Término(s) alternativo(s) concentración de exposición máxima permisible
concentración máxima admisible de radionúclidos
nivel de exposición máximo permisible
Nota de alcance: Exposición máxima a un agente físico o químico biológicamente activo admisible durante un periodo de 8 horas (jornada laboral) en una población de trabajadores, o durante un periodo de 24 horas en la población general, que no parece causar daños apreciables, inmediatos o al cabo de cualquier periodo, en la población objetivo. (traducción libre: Lewis Dictionary of Toxicology, 1st ed).
Descriptor en inglés: Maximum Allowable Concentration
Descriptor en portugués: Concentração Máxima Permitida
Descriptor en francés: Concentration maximale admissible
Término(s) alternativo(s): Concentración Máxima Admisible de Radionúclidos
Niveles Permisibles de Exposición
Código(s) jeráquico(s): N06.850.460.350.210
N06.850.460.350.600.615
SP4.606.806.420.235.100
SP8.950.598.274
Identificador Único RDF: https://id.nlm.nih.gov/mesh/D008452
Nota de alcance: Para un determinado agente químico de enfermedad profesional, la concentración atmosférica que, ultrapasada, causaría enfermedad en los indivíduos trabajando normalmente ocho horas diarias (Repidisca). La presencia de un agente contaminante o potencialmente dañoso en el aire, en alimentos y en el agua a un grado que, en la absorción por un organismo, permanezca abajo de la dosis máxima permitida (Material V - Gunn, S.W.A. Multilingual Dictionary of Disaster Medicine and International Relief, 1990)
Nota de indización: generalmente secundario; coord con droga o sustancia específica (sin calif)
Calificadores permitidos: Sin calificador
Identificador de DeCS: 8620
ID del Descriptor: D008452
Documentos indizados en la Biblioteca Virtual de Salud (BVS): Haga clic aquí para acceder a los documentos de la BVS
Fecha de establecimiento: 01/01/1991
Fecha de entrada: 01/01/1999
Fecha de revisión: 08/07/2008
Concentración Máxima Admisible - Concepto preferido
UI del concepto M0013147
Nota de alcance Para un determinado agente químico de enfermedad profesional, la concentración atmosférica que, ultrapasada, causaría enfermedad en los indivíduos trabajando normalmente ocho horas diarias (Repidisca). La presencia de un agente contaminante o potencialmente dañoso en el aire, en alimentos y en el agua a un grado que, en la absorción por un organismo, permanezca abajo de la dosis máxima permitida (Material V - Gunn, S.W.A. Multilingual Dictionary of Disaster Medicine and International Relief, 1990)
Término preferido Concentración Máxima Admisible
Término(s) alternativo(s) Concentración Máxima Admisible de Radionúclidos
Niveles Permisibles de Exposición



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